Artículo 51 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril en adelante TRLPI-
D./Dª
con D.N.I. nº
Domiciliado en
D E C L A R A
1º) Que es autor de la obra titulada:
2º) Que ha sido/es trabajador asalariado de la empresa:
cuya actividad habitual es:
3º) Que la referida obra ha sido creada en virtud de dicha relación laboral, en el período
comprendido entre las siguientes fechas:
 a 
de
4º) Márquese la opción que corresponda:
Que la transmisión de los derechos de explotación de la obra creada en virtud de relación
laboral se regirá por lo pactado en el contrato suscrito entre las partes, en los términos
establecidos por el artículo 51.1 del TRLPI.
Que no se ha formalizado pacto alguno respecto a los derechos de explotación, por lo
que se entienden cedidos en exclusiva y con el alcance necesario para el ejercicio de la
actividad habitual del empresario en el momento de la entrega de la obra realizada, en los
términos establecidos por el artículo 51.2 del TRLPI.
Y, para que conste ante el Registro de la Propiedad Intelectual firma la presente
declaración.
Madrid, a de de 20
Enero
Firmado:
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