Form SSA-16-SP (06-2018) UF
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RECIBO DE SU RECLAMACIÓN PARA BENEFICIOS DE SEGURO SOCIAL DE SEGURO POR INCAPACIDAD
Nombre de la persona con quien se debe comunicar acerca de
su reclamación
Número de teléfono (incluya el código de área)
OFICINA DEL SEGURO SOCIAL Fecha en que se presentó
la reclamación
Su solicitud de reclamación de beneficios de Seguro Social por
incapacidad ha sido recibida y será procesada lo más pronto
posible.
Nos comunicaremos con usted dentro de días
después que nos haya suministrado toda la información que le
pedimos. Algunas reclamaciones toman más tiempo, si se
necesita información adicional.
Mientras tanto, si se muda o si hay algún otro cambio que pueda
afectar su reclamación, usted - o alguien a su nombre - debe
informarnos el cambio. Los cambios que se deben informar están
enumerados a continuación.
Siempre que nos escriba o nos llame sobre su reclamación, debe
suministrar su número de reclamación.
Si tiene preguntas sobre su reclamación, con mucho gusto
le ayudaremos.
RECLAMANTE
NÚMERO DE RECLAMACIÓN DE SEGURO SOCIAL
CAMBIOS QUE DEBEN SER INFORMADOS Y CÓMO INFORMARLOS
Negligencia en informarNOS puede resultar en sobrepagos que tendrían que ser rembolsados
• Si cambia su dirección residencial o postal para cheques.
Para evitar demoras en el recibo de cheques TAMBIÉN debe
presentar un aviso de cambio de dirección con su oficina
postal.
• Si cambia su ciudadanía o estado inmigratorio.
• Si viaja fuera de los EE.UU. por más de 30 días consecutivos.
• Si un beneficiario fallece o es incapaz de administrar
los beneficios.
• Si ocurre un cambio de custodia --Informe si una persona
para quien está solicitando o que usted cuida fallece, deja de
estar bajo su tutela o custodia o cambia de dirección.
• Si está confinado en una cárcel, prisión o institución penal o
correccional por más de 30 días consecutivos, por una
convicción de un crimen o está confinado por más de 30 días
consecutivos en una institución pública por una orden judicial
en conexión a un crimen.
• Si adquiere el derecho a recibir una pensión, anualidad o un
pago global basado en empleo donde no pagó impuestos de
Seguro Social o si dicha pensión o anualidad cesa.
• Si tiene un hijastro que recibe los beneficios bajo el número
de Seguro Social suya y usted se divorcia del padre del
hijastro nos lo tiene que informar. La ley prohíbe el pago de
beneficios a los hijastros comenzando el mes después de que
el divorcio se finaliza.
Si tiene una orden de detención pendiente por más de 30 días
consecutivos por un crimen o por atentar un crimen que
es un delito grave por huir para evitar ser procesado o
encarcelamiento, escapar de la custodia y huir e irse a la
fuga. En la mayoría de jurisdicciones que no definen
crímenes como delitos graves, un crimen que conlleva la
pena capital o encarcelamiento por un periodo que exceda un
año (independientemente de la pena impuesta).
• Si tiene una orden de detención insatisfecha por más de 30
días continuos, por violar su libertad vigilada o condicional de
acuerdo con las leyes federales o estatales.
• Si cambia su estado civil -- Se casa, divorcia, o se anula su
matrimonio.
• Si, después de haber presentado su solicitud, se convierte en
padre (incluso de un niño adoptivo) infórmenos para poder
decidir si el niño tiene derecho a recibir los beneficios. Si no
nos informa la existencia de estos niños puede resultar en la
pérdida de posibles beneficios para ellos.
• Si regresa a trabajar (como empleado o por cuenta propia),
independientemente de la cantidad de las ganancias.
• Si su incapacidad mejora.
Si es menor de 65 años de edad y solicita o empieza a recibir
compensación de trabajadores (incluso beneficios para mineros)
u otro beneficio público por incapacidad o la cantidad actual de su
beneficio de compensación de trabajadores u otro beneficio
público por incapacidad cambia o cesa, o usted recibe un pago
global por algún
acuerdo legal.
CÓMO INFORMAR
Puede hacer sus informes por internet, por teléfono, usando el correo postal o en persona, según lo prefiera. Si aprueban sus
beneficios, y uno o más de los cambios mencionados ocurren, debe informarlos:
• Visitando la sección “my Social Security” en nuestra sitio de internet en www.segurosocial.gov
• Llamando GRATIS al 1-800-772-1213;
• Si es sordo o tiene problemas de audición, llamando GRATIS a nuestro número TTY 1-800-235-0778; o
• Visitando personalmente o llamando o escribiéndole a su oficina local de Seguro Social al número de teléfono y dirección que
aparece en su recibo de reclamación.
Para información general sobre el Seguro Social, visite nuestro sitio de internet en www.segurosocial.gov.