REQUISITOS A TENER EN CUENTA PARA CONCEDER PODER
De acuerdo a lo establecido por la Ley 17.040 (T.O. 1974) se podrá conceder a:*
PARA TRAMITAR Y/O PERCIBIR - Cónyuge y parientes por consanguinidad hasta el 4° grado o por
afinidad hasta el 2° grado. - Abogado o Procurador.*
PARA PERCIBIR: - Entidades Públicas Nacionales, Provinciales, o Municipales. - Instituciones Bancarias. -
Mutuales e Instituciones de Asistencia Social debidamente registradas. - Directores o Administradores de
Hospitales, Sanatorios, Asilos o Establecimientos similares de carácter público o privado que cuenten con
autorización para funcionar o de Funcionarios de estos establecimientos expresamente facultados por
aquellos en los que se encuentran internados los beneficiarios. - Cualquier persona hábil, si el beneficiario
acreditare mediante certificado médico que se encuentra imposibilitado para movilizarse.
PODRÁN CERTIFICAR el presente formulario:- Autoridad Previsional, Judicial, Policial o Consular
competente. Escribano, Director o Administrador de Hospital, Sanatorio o Establecimiento similar en el que se
encuentre internado el Poderdante.
VALIDEZ DE CERTIFICACION:- Para Tramitar: Ciento veinte (120) días a partir de la fecha de
certificación.- Para Percibir: Treinta (30) días a partir de la fecha de certificación.
Sexo: indicar "M" masculino y "F" femenino. Nacionalidad: Indicar "A" para argentino y "E" para extranjero.
Estado Civil: indicar: 1- Soltero / 2- Casado / 3- Viudo / 4- Divorciado / 5- Separado de Hecho / 6-
Separado Legal / 7- Conviviente.
Domicilio: consignar código según tabla de provincia indicada.
Domicilio "Zona Rural": cuando el domicilio del Apoderado se encuentre en "Zona Rural" podrán utilizarse,
sin discriminación, los espacios previstos para: Calle, Número, Piso y Departamento.
SR. BENEFICIARIO:
Para efectuar cualquier trámite, deberá presentar:
- Documento de Identidad: L.C, L.E o D.N.I, si es argentino o naturalizado; C.I o D.N.I si es extranjero.
- Ultimo recibo de haberes (O.P.P.).
(*) Para facilitar la identificación de estos casos se recuerda que el DNI presentado incluye "F" o "M"
antecediendo al número de documento.
Provincia de Emisión: este dato se informará sólo si el documento a relevar es C I consignando código de
provincia según tabla.
Para cualquier consulta solicite asesoramiento al personal de esta Administración
Libreta de Enrolamiento
Libreta Civica
Documento Nacional de Identidad
Documento Nacional de Identidad
Documento Nacional de Identidad
Documento Nacional de Identidad
Cédula de Identidad
LE
LC
DU
LM (*)
LF (*)
DU
CI
Masculino
Femenino
Apartir del número 10.000.000 en adelante
Masculino con número inferior a 10.000.000
Femenino con número inferior a 10.000.000
Para extranjeros con número superior a 90.000.000
Solo para extranjeros
Capital Federal
Buenos Aires
Catamarca
Córdoba
Corrientes
Chaco
Chubut
Entre Rios
Formosa
Jujuy
La Rioja
La Pampa
Mendoza
Misiones
Neuquén
Río Negro
Salta
San Juan
San Luis
Santa Cruz
Santa Fé
Sgo.de Estero
Tierra del Fuego
Tucumán