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2) Si SOAB llega a la conclusión de que necesito tratamiento, el juez celebrará una
audiencia. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. § 6358.
3) Si el juez está de acuerdo con que necesito tratamiento, tendré una segunda
audiencia. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. § 6358.
4) En la audiencia, el juez decidirá si yo tengo problemas de salud mental que hacen
probable que yo vuelva a cometer delitos sexuales. Si el juez dice que sí, iré a un
centro de tratamiento distinto por al menos un año. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. §§ 6403 & 6404.
5) El juez revisará mi caso cada año. Permaneceré recluido en ese centro de
tratamiento mientras el juez opine que tengo problemas de salud mental que
hagan probable que yo vuelva a cometer delitos sexuales. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. § 6404.
6) Si el juez dice que puedo salir del centro de tratamiento, tendré que continuar
recibiendo tratamiento cuando se me notifique para mis problemas de salud
mental. El juez revisará mi caso al cabo de un año. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. §§ 6404.1 & 6404.2.
7) Si el juez dice que puedo dejar de recibir tratamiento después de un año, aún
tendré que hablar con un consejero mensualmente. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. §§ 6404.1 & 6404.2.
8) Si no obedezco estas reglas, o el consejero dice que no puedo detener mi mal
comportamiento, seré enviado de vuelta al centro de tratamiento. ____ Iniciales
Ver 42 Pa.C.S. § 6404.2.
Representación del abogado y oportunidad de hablar con el tutor
9) ¿Habló usted con su abogado antes de decidir decirle al juez que usted cometió
los delitos (actos delictivos)? Sí No
10) ¿Está satisfecho con lo que su abogado hizo por usted? Sí No