Información
legal
Sección U
Información legal
Su derecho de recibir un trato justo
Se prohíbe a esta institución discriminar sobre la base de
raza, color, nacionalidad, discapacidad, edad, sexo y, en
algunos casos, creencias religiosas o políticas.
El Departamento de Agricultura de los EE. UU. también
prohíbe la discriminación por motivos de raza, color,
nacionalidad, sexo, credo religioso, discapacidad, edad,
creencias políticas, o en represalia o venganza por
actividades previas de derechos civiles en algún programa
o actividad realizados o financiados por el USDA.
Las personas con discapacidades que necesiten medios
alternativos para la comunicación de la información del
programa (por ejemplo, sistema Braille, letras grandes,
cintas de audio, lenguaje de señas americano, etc.),
deben ponerse en contacto con la agencia (estatal o local)
en la que solicitaron los beneficios. Las personas sordas,
con dificultades de audición o discapacidades del habla
pueden comunicarse con el USDA por medio del Federal
Relay Service [Servicio Federal de Retransmisión] al (800)
877-8339. Además, la información del programa se puede
proporcionar en otros idiomas.
Programa de Asistencia Nutricional
Suplementaria
Para presentar una denuncia de discriminación, complete
el Formulario de Denuncia de Discriminación del
Programa del USDA, (AD-3027) que está disponible en
línea en:
http://www.ocio.usda.gov/sites/default/files/docs/2012/
Spanish_Form_508_Compliant_6_8_12_0.pdf y en
cualquier oficina del USDA, o bien escriba una carta
dirigida al USDA e incluya en la carta toda la información
solicitada en el formulario. Para solicitar una copia del
formulario de denuncia, llame al (866) 632-9992. Haga
llegar su formulario lleno o carta al USDA por:
(1) correo: U.S. Department of Agriculture
Office of the Assistant Secretary
for Civil Rights
1400 Independence Avenue, SW
Washington, D.C. 20250-9410
(2) fax: (202) 690-7442; o
(3) correo electrónico: program.intake@usda.gov.
Para obtener información adicional relacionada con
problemas con el Programa de Asistencia Nutricional
Suplementaria (SNAP, por sus siglas en inglés), las
personas deben comunicarse con el número de línea
directa USDA SNAP Hotline al (800) 221-5689, que
también está disponible en español, o llame a los números
de información/líneas directas de los estados (haga clic en
el vínculo para ver una lista de los números de las líneas
directas de cada estado) que se encuentran en línea en:
http://www.fns.usda.gov/snap/contact_info/hotlines.htm.
Medicaid y Asistencia Temporal a
Familias Necesitadas
Para presentar una denuncia de discriminación relacionada
con un programa que recibe asistencia financiera federal a
través del Departamento de Salud y Servicios Humanos de
los EE. UU. (HHS, por sus siglas en inglés), escriba a: HHS
Director, Office for Civil Rights, Room 515-F, 200
Independence Avenue, S.W., Washington, D.C. 20201, o
llame al (202) 619-0403 (voz) o al (800) 537-7697 (sistema
TTY).
Esta institución es un proveedor que ofrece igualdad de
oportunidades.
También puede presentar una queja ante la Ofcina de
Derechos Civiles de la Comisión de Salud y Servicios
Humanos de Texas. Para ello, deberá enviar un correo
electrónico a HHSCivilRightsOffice@hhsc.state.tx.us o
llamar al 1-888-388-6332, enviar un fax al (512) 438-5885 o
mandar una carta a: Texas Health and Human Services
Commission, Civil Rights Office, 701 W. 51st St., MC W206,
Austin, Texas 78751.
Ciudadanía y estado migratorio
Puede recibir beneficios para los niños que son ciudadanos
de EE. UU. o inmigrantes legales aunque usted no sea
ciudadano ni inmigrante legal.
Usted no tiene que dar información sobre su ciudadanía o
estado migratorio para recibir beneficios para sus niños.
Sólo necesita dar la información sobre la ciudadanía o
estado migratorio de las personas que solicitan beneficios.
Si usted no es ciudadano de EE. UU. ni inmigrante legal, los
únicos beneficios que podría recibir son los servicios de
Medicaid de emergencia. Recibir atención a largo plazo
(Medicaid para Adultos Mayores y Personas con
Discapacidades) o ayuda de dinero en efectivo (TANF)
puede afectar su estado migratorio y la habilidad de obtener
una tarjeta de residente permanente (tarjeta verde).
Recibir otros beneficios no afectará su estado migratorio ni
la habilidad de obtener una tarjeta de residente permanente.
Antes de solicitar beneficios, le conviene hablar con alguna
agencia que contesta las preguntas legales de inmigrantes.
Los refugiados y las personas a quienes se les da asilo
pueden recibir beneficios sin afectar su habilidad de obtener
la tarjeta de residente permanente o la ciudadanía
estadounidense.
Números de Seguro Social
Sólo necesita dar el número de Seguro Social (SSN) de las
personas que solicitan beneficios. Dar información sobre el
SSN o solicitar uno es voluntario; sin embargo, las personas
que no dan un SSN o no solicitan uno, no podrán recibir
beneficios. Si no tiene un SSN, podemos ayudarle a solicitar
uno si usted es ciudadano de EE. UU. o inmigrante legal.
Tiene que ser ciudadano de EE. UU. o inmigrante legal para
recibir un SSN. Si los niños tienen un SSN, puede recibir
beneficios para ellos aunque usted no tenga uno. No damos
los SSN al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas.
Usaremos los SSN para verificar cuánto dinero recibe
(ingresos), si puede recibir beneficios y la cantidad de
beneficios que puede recibir. (7 C.F.R 273.6 para beneficios
de comida; 45 C.F.R 205.52 para TANF y 42 C.F.R 435.910
para atención médica.)
Número de Seguro Social:
- -
Solicitud de beneficios
Comisión de Salud y Servicios Humanos de Texas
H1010-S
11/2019
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