Julio 2014
Si usted no ha denominado a un médico antes de lesionarse y su empleador está usando una MPN,
usted verá a un médico de la MPN. Después de su primera consulta, está libre para escoger otro
médico de la lista de la MPN.
¿Qué es la designación previa?
La designación previa es cuando usted denomina a su médico personal para atenderlo si se lastima
en el trabajo. El médico debe ser un doctor en medicina (M.D.), doctor en medicina osteopática
(D.O.) o un grupo médico con un M.D. o D.O. Debe denominar a su médico por escrito antes de que
usted se lastime o enferme.
Usted puede designar de antemano a un médico si tiene plan de seguro médico para enfermedades y
lesiones no laborales. El médico debe de:
Haberlo atendido a usted antes
Haber mantenido su expediente/historial médico antes de su lesión y
Haber aceptado atenderlo por una lesión o enfermedad laboral antes de que usted se lastima
o enferma.
Usted puede usar el formulario “Designación previa de médico personal” incluido con este
folleto para denominar a su médico. Después de llenar el formulario, asegúrese de entregárselo a
su empleador.
Si su empleador no tiene una MPN aprobada, usted puede denominar a su quiropráctico o
acupunturista para atenderlo por sus lesiones laborales. El aviso de quiropráctico o acupunturista
personal debe ser por escrito antes de lastimarse. Puede utilizar el formulario incluido en este
folleto. Después de llenar el formulario, asegúrese de entregárselo a su empleador.
Con algunas excepciones, la ley estatal no permite que un quiropráctico siga siendo su médico que lo
atiende después de 24 consultas. Una vez que haya recibido 24 consultas quiroprácticas, si aún
necesita tratamiento médico, usted tendrá que escoger un nuevo médico que no sea quiropráctico. El
término “consulta quiropráctica” significa cualquier consulta en un consultorio quiropráctica, sin
importar si los servicios cumplidos conllevan manipulación quiropráctica o se limitan a evaluación y
manejo.
Las excepciones a la prohibición a que un quiropráctico siga siendo su médico que lo atiende
después de 24 consultas incluyen consultas por medicina física pos-quirúrgica prescrita por el
cirujano o médico designado por el cirujano, bajo el componente pos-quirúrgico del Catálogo de
Utilización de Tratamientos Médicos o MTUS de la División de Compensación de Trabajadores, o si
su empleador ha autorizado consultas adicionales por escrito.
¿QUÉ PASA SI HAY ALGÚN PROBLEMA?
Si tiene alguna inquietud, diga algo. Hable con su empleador o con el administrador de reclamos
encargado de su reclamo para tratar de resolver el problema. Si esto no funciona, consiga ayuda
intentando lo siguiente:
Comuníquese con la Unidad de Información y Asistencia (Information & Assistance- I&A) de la
División de Compensación de Trabajadores (Division of Workers’ Compensation- DWC)