INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA HOJA
Escriba con letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en
la hoja.
La hoja debe incorporar la firma manuscrita de todas las personas mayores de edad inscritas en la misma.
Los datos de teléfono y correo electrónico aunque son voluntarios, es recomendable cumplimentarlos para facilitar la
gestión del Padrón.
AVISO IMPORTANTE: LA FALSEDAD EN LOS DATOS DECLARADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO
Autorización de empadronamiento. Este apartado deberá cumplimentarse en los siguientes casos:
1. Si en el domicilio figuran empadronadas otras personas, deberá cumplimentar y firmar la autorización una de las mayores de edad em-
padronada en el domicilio, que tenga un documento acreditativo del uso o propiedad de la vivienda, que legitime su ocupación.
Si las personas empadronadas carecen de un documento que legitime la ocupación de la vivienda, una de las mayores de edad empadro-
nadas en la vivienda, debe cumplimentar y firmar la DECLARACIÓN DE RESIDENCIA y además, debe firmar como autorizante la
persona que disponga del documento que acredite o legitime la ocupación de la vivienda, documento que se deberá aportar.
2. Cuando en el domicilio no residan otras personas y ninguna de las que se inscriben sea titular de la vivienda, será necesario que una
de las titulares de la vivienda lo acredite y firme la autorización.
Autorización de empadronamiento para menores no emancipados y mayores incapacitados. Este apartado se cumpli-
mentará cuando estas personas se inscriban en un domicilio distinto del de uno o ambos padres o representantes legales. En el caso de
menores de edad, empadronados con ambos padres, la autorización para inscribirse en otro domicilio, la deberán suscribir ambos padres.
Cuando los padres vivan separados se cumplimentará por aquel con quien el hijo conviva. En defecto de los padres y en el caso de
mayores incapacitados, la autorización la otorgarán sus representantes legales.
Rellene la casilla “Número de personas inscritas en esta hoja” para garantizar la inalterabilidad de los espacios que
hayan podido quedar en blanco.
Cumplimente la causa del alta:
1. Si solicita la inscripción por traslado de residencia, marque con equis (x) esta casilla, e indique la provincia y el municipio de procedencia.
Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el consulado español donde estaba inscrito.
2. En el caso de cambio de domicilio dentro de Madrid, marque con equis (x) esta casilla.
3. Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada o que desconociera el municipio de su anterior inscripción
padronal, marque con equis (x) la casilla “Omisión”.
4. Para la inscripción de recién nacidos, marque con equis (x) la casilla “Nacimiento”.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA REALIZAR EL EMPADRONAMIENTO
· Hoja padronal cumplimentada y firmada.
· Documento en vigor que acredite la identidad de las personas inscritas:
Mayores de edad y menores desde los 14 años
: DNI, Pasaporte, Tarjeta de Residencia (Temporal, Per-
manente o de larga duración, Comunitaria), o NIE junto a pasaporte o a su documento nacional de
identidad (Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y
Suiza).
Menores de edad hasta los 14 años
: DNI, libro de familia, certificado de nacimiento o pasaporte donde
consten. En caso de menores extranjeros, los citados documentos serán válidos si contienen los datos
necesarios para la inscripción en Padrón; en caso contrario, se exigirá aportar documentación adicional.
Podrá exigirse la traducción jurada cuando sea precisa. Los documentos expedidos por autoridades
extranjeras (excepto de Estados de la UE) deben estar apostillados para surtir efectos en España.
· Documento que acredite el uso de la vivienda:
- Contrato o escritura de compraventa, o
- Contrato de arrendamiento en vigor (en contratos prorrogados, último justificante del pago del al-
quiler con nombre del arrendador, arrendatario, periodo de pago y domicilio del arrendamiento), o
- Nota simple del Registro de la Propiedad, o
- Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, servicio de acceso a internet fijo (fibra o
ADSL), agua (Canal de Isabel II o de empresas de lectura y facturación de agua), electricidad o gas o
contrato de suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de la solicitud, donde figuren re-
flejadas la dirección del suministro y el nombre y apellidos del titular del suministro.
· Cuando se cumplimenten las autorizaciones y la declaración se presentarán fotocopias de los docu-
mentos de identidad de los autorizantes y del declarante.
· Documento que acredite la representación de menores: Libro de Familia o certificado de na-
cimiento para menores no emancipados. En separación o divorcio, la resolución judicial que acredite
su guarda y custodia.
El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos de la
identidad y/o del uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos
en el Padrón Municipal.
NORMATIVA LEGAL
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes
vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante mas tiempo al año.
El Padrón es el registro administrativo en el que constan los vecinos de Madrid, sus datos constituyen prueba de la residencia
en el Municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo electoral.
Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio dentro del
término municipal.
Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados, deben figurar empadronados con los padres que tengan su
guarda o custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro
domicilio.
El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo
21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CÓDIGOS DE NIVEL DE ESTUDIOS TERMINADOS
11. No sabe leer ni escribir
21. Sin estudios
22. Enseñanza primaria incompleta, cinco cursos de EGB o equivalente, o Certificado de escolaridad o equivalente
31. Bachiller elemental, Graduado Escolar, EGB completa, Primaria completa, ESO, Formación profesional básica
32. Formación profesional de primer grado, Formación profesional de grado medio, Oficialía industrial
41. Formación profesional de segundo grado, Formación profesional de grado superior, Maestría industrial
42. Bachiller superior, BUP, Bachiller LOGSE
43. Otras titulaciones medias (Auxiliar de clínica, Secretariado, Programador de informática, Auxiliar de vuelo, Di-
plomado en artes y oficios, etc.)
44. Diplomados en escuelas universitarias (Empresariales, Profesorado de EGB, ATS y similares)
45. Arquitecto o Ingeniero técnico
46. Licenciado universitario, Arquitecto o Ingeniero superior, Grado universitario
47. Titulados de estudios superiores no universitarios
48. Doctorado y estudios postgrado o especialización para licenciados. Máster universitario
TODOS LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS CON EL EMPADRONAMIENTO PUEDEN REALIZARSE EN CUALQUIERA DE LAS OFICINAS DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA – LÍNEA MADRID
Para la tramitación de altas y cambios de domicilio es necesaria la cita previa que se puede concertar llamando al teléfono 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid), a través de Internet en www.madrid.es/citaprevia, o pre-
sencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía – Línea Madrid. El horario de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía - Línea Madrid puede consultarse en www.madrid.es o llamando al teléfono 010 (915 298 210 dentro y fuera del
municipio de Madrid).
Si tiene alguna duda, consúltela llamando al teléfono de información 010 (915 298 210 dentro y fuera del municipio de Madrid), o en el momento de presentar la hoja y el resto de la documentación en la
Oficina de Atención a la Ciudadanía - Línea Madrid
HPI042020
Protección de datos de carácter personal: INFORMACIÓN BÁSICA
Los datos recabados serán incorporados y tratados en la actividad de tratamiento “Padrón Municipal de Habitantes”, responsabilidad de la Dirección General de Contratación y Servicios, sita en la calle Alcalá, 45, 5ª planta, 28014-Madrid, ante
quien las personas afectadas podrán ejercer sus derechos. La finalidad del tratamiento es la gestión del Padrón de Habitantes. El tratamiento de datos queda legitimado por la obligación de inscripción establecida en la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las bases del régimen local. Los datos no podrán ser cedidos a terceros salvo en los supuestos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal.
Delegación de Protección de Datos: oficprotecciondatos@madrid.es
INFORMACIÓN ADICIONAL en todos los trámites relativos a Padrón en https://sede.madrid.es/